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Entré a EEUU por Nicaragua ¿Puedo regularizarme si me caso con un ciudadano americano?

Visa y pasaporte Americano
Visa y pasaporte Americano (Foto de Celimar)

Cerca de 300,000 cubanos que han cruzado la frontera suroeste de Estados Unidos en los últimos dos años se enfrentan a un dilema legal significativo. A pesar de tener en su poder el documento I-220A, emitido por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza, muchos juzgados en EE.UU. no lo reconocen como un permiso válido para obtener la residencia permanente bajo la Ley de Ajuste Cubano. Este escenario coloca a los cubanos en una situación precaria, sin garantías de estabilidad ni derechos laborales plenos, y con el riesgo latente de deportación.

En un intento por hallar soluciones, algunas alternativas surgen, como el matrimonio con un ciudadano estadounidense. Sin embargo, esta ruta está lejos de ser simple. Según el abogado de inmigración Wilfredo Allen, en diálogo con el periodista Daniel Benítez, si el cónyuge cubano ingresó ilegalmente y posee una I-220A, aunque su pareja estadounidense puede solicitarlo, enfrentará un proceso de espera de 47 meses para el perdón por entrada ilegal, periodo tras el cual deberá retornar a Cuba.

Allen aconseja optar por vías legales más seguras y menos arriesgadas, como la visa de Fiancé (K-1), que permite al ciudadano estadounidense reclamar a su pareja y casarse en EE.UU. dentro de un plazo de 90 días, con una espera de 18 meses. Alternativamente, se puede optar por casarse en Cuba y solicitar una visa de inmigrante (I-130), un camino más directo hacia la residencia.

El término “parole” en el contexto migratorio de EE.UU. describe un permiso especial por razones humanitarias o de interés público, que no se aplica al caso de la I-220A, aumentando la complejidad del escenario para los cubanos afectados. Su situación subraya la necesidad de una política migratoria más clara y coherente que aborde estas discrepancias legales y ofrezca soluciones tangibles a quienes buscan una vida mejor en Estados Unidos.

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