Nueva decisión migratoria en EEUU dificulta aplazar deportaciones mientras se espera por una visa

Los inmigrantes que enfrentan procesos de deportación en Estados Unidos tendrán mayores dificultades para conseguir aplazamientos judiciales mientras esperan una respuesta a sus solicitudes de visa. Una resolución publicada el viernes 16 de octubre de 2026 establece criterios más estrictos para suspender estos procedimientos. La decisión podría afectar a cubanos con peticiones familiares pendientes, incluidos aquellos cuyos casos se tramitan en los tribunales migratorios de Miami.
La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) adoptó esta interpretación mediante el fallo Matter of L. Ramirez, 30 I&N Dec. 157 (BIA 2026). La resolución elimina una disposición de 2012 que favorecía las prórrogas cuando un extranjero había solicitado una visa U y presentaba posibilidades iniciales de obtenerla.
Nuevos requisitos para aplazar procesos de deportación
Con las nuevas reglas, los jueces de inmigración podrán denegar solicitudes de aplazamiento aunque el interesado mantenga un trámite abierto ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS). La existencia de una petición pendiente ya no será suficiente para justificar la suspensión de una audiencia.
Los magistrados deberán evaluar las probabilidades de aprobación del beneficio solicitado, su posible efecto sobre el procedimiento de deportación y el tiempo estimado de espera. También podrán revisar aplazamientos anteriores y las gestiones realizadas por el extranjero para avanzar en su expediente.
La BIA retomó los criterios establecidos en Matter of L-A-B-R-, de 2018. Según esta interpretación, cuando la disponibilidad de una visa se encuentra demasiado lejana, esa circunstancia puede justificar que el tribunal continúe el procedimiento sin conceder más tiempo.
Cubanos con I-220A y peticiones familiares podrían verse afectados
Entre quienes podrían enfrentar dificultades figuran cubanos que permanecen bajo supervisión migratoria mediante el formulario I-220A y esperan respuestas a peticiones familiares. Sin embargo, el alcance de la medida dependerá de las circunstancias individuales y de la situación procesal de cada solicitante.
Los atrasos en determinadas categorías de inmigración representan otro obstáculo. El Boletín de Visas del Departamento de Estado correspondiente a octubre de 2026 establece para la clasificación F2B, destinada a hijos solteros mayores de 21 años de residentes permanentes, una fecha de prioridad del 22 de agosto de 2019.
En la categoría F3, correspondiente a hijos casados de ciudadanos estadounidenses, la fecha de referencia es el 22 de octubre de 2014. Para la clasificación F4, que permite peticiones entre hermanos de estadounidenses, el límite se remonta al 22 de octubre de 2011.
Estos retrasos podrían dificultar que personas con solicitudes recientes obtengan nuevas prórrogas. Los jueces podrán considerar que una visa todavía lejana no ofrece motivos suficientes para mantener suspendido un proceso de deportación.
Los solicitantes de visas U también enfrentarán mayores exigencias. Este beneficio está dirigido a víctimas de determinados delitos que colaboran con las autoridades. Las prolongadas demoras en su tramitación podrían perjudicar las peticiones para posponer audiencias migratorias.
¿Cómo afecta la decisión a la Ley de Ajuste Cubano?
La resolución no modifica directamente los trámites de residencia presentados ante USCIS mediante la Ley de Ajuste Cubano cuando estos se desarrollan fuera de los tribunales de inmigración.
No obstante, los cubanos que comparezcan ante un juez deberán justificar cualquier solicitud de tiempo adicional. Documentar las gestiones realizadas, las fechas de prioridad y las posibilidades de aprobación puede resultar decisivo. La medida no implica el rechazo automático de todas las prórrogas, por lo que cada expediente deberá examinarse individualmente. Ante audiencias próximas, consultar con un abogado de inmigración permitirá evaluar las alternativas disponibles y los riesgos de deportación.






