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Cuba: nuevas normas flexibilizan la importación de alimentos

Importación de Electrodomésticos en Cuba en la Mira del Gobierno
Importación de Electrodomésticos en Cuba en la Mira del Gobierno (Imagen de Celimar)

Desde esta semana, nuevas normas dictadas por el Centro Nacional de Sanidad Animal (Cenasa), perteneciente al Ministerio de la Agricultura (Minag) de Cuba, flexibilizan la importación de determinados alimentos a la Isla.

De acuerdo a la información del diario Granma, el levantamiento de algunas prohibiciones sobre la importación de productos de origen animal, por parte de personas naturales, posee un carácter temporal y responde a la actual crisis que enfrenta el país debido al “bloqueo de Estados Unidos”.

A través de un listado se precisan cuáles ítems se pueden o no ingresar a la Mayor de las Antillas, los cuales varían en dependencia de las alertas zoosanitarias que se emitan hacia los países de los cuales se importan los alimentos, ahora permitidos.

Alimentos que se pueden importar a Cuba:

  •  Conservas cárnicas (enlatadas) de aves, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas, procedentes de los países que, por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales, son elegibles para Cuba (España, Francia, República Dominicana, Honduras, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil y Uruguay).
  • Conservas cárnicas (enlatadas) de bovinos y porcinos, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas, procedentes de los países que, por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales, son elegibles para Cuba (Francia, España, Portugal, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Honduras, Nicaragua, Ecuador, Colombia, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay).
  • Carnes frescas, congeladas, deshidratadas o saladas, vísceras comestibles, productos cárnicos semielaborados (hamburguesas; picadillos; albóndigas; conformados como palitos de carne, Nuggets y otros productos empanados; chorizos crudos; salamis; pastas untables; jamón crudo, salchichones y tocinetas crudos, fermentados, sobreasada, peperoni, cervelat y otros productos crudos fermentados) y productos semicocidos, empacados al vacío de bovinos, porcinos, ovinos y caprinos, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas, procedentes de los países que, por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales, son elegibles para Cuba (Francia, España, Portugal, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Ecuador, Colombia, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay).
  • Carnes frescas, congeladas, deshidratadas o saladas, vísceras comestibles, productos cárnicos semielaborados (hamburguesas; picadillos; albóndigas; conformados como palitos de carne, Nuggets y otros productos empanados; salamis; pastas untables), productos semicocidos y empacados al vacío de origen aviar, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (Francia, España, Honduras, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil y Uruguay).
  • Embutidos elaborados a base de res y/o cerdo. Se autorizan con carácter temporal, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (España, Portugal, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Colombia, Nicaragua, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay).
  • Embutidos elaborados a base de aves. Se autorizan con carácter temporal, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (Honduras, Panamá, Costa Rica, Colombia, Nicaragua, Brasil y Uruguay).
  • Productos del mar (en conserva o no) originados de cualquier área geográfica.
  • Leche fluida uht, condensada, evaporada, y postres lácteos originarios de cualquier área geográfica.
  • Leche en polvo originaria de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (España, Portugal, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay).
  • Quesos maduros pasteurizados originarios de cualquier área geográfica, o elaborados a partir de leches ultrapasteurizadas.
  • Alimentos para mascotas sin carácter comercial que en su formulación contengan carne de aves, cerdo, pescados y vegetales como base proteica.

Alimentos prohibidos para importar a Cuba

Por otro lado, el Cenasa mantiene algunos de los alimentos prohibidos a importarse entre ellos:

  • Leche fluida y derivados lácteos en general no pasteurizados.
  • Carnes frescas y sus cortes con hueso de cualquier origen.
  • Carnes procedentes de la fauna silvestre en cualquier forma de presentación.
  • Nuggets de pollo y otros empanados crudos (no fritos).
  • Alimentos para mascotas que en su base proteica contengan harinas de rumiantes, independientemente del país de origen.

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