
Desde el 1 de septiembre de 2025, los ciudadanos cubanos que utilicen Ecuador como escala aérea en su trayecto hacia otro destino deberán tramitar la nueva Visa de Visitante Temporal de Transeúnte. Este requisito afecta a los viajeros cuyo tránsito por el país no supere las 24 horas, según lo informado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de Ecuador.
Con el objetivo de facilitar el proceso y evitar la saturación de sus embajadas, el gobierno ecuatoriano habilitó un portal web para realizar todo el trámite en línea, incluyendo el pago de 80 dólares, dividido en 50 dólares por el formulario y 30 por la visa. De acuerdo con fuentes oficiales, el procedimiento está diseñado para ser sencillo y accesible desde cualquier parte del mundo, permitiendo a los solicitantes completar todos los pasos sin tener que acudir a una embajada.
El primer paso para obtener la visa es crear una cuenta de usuario en el portal oficial de la Cancillería de Ecuador, accesible en serviciosdigitales.cancilleria.gob.ec. El solicitante debe completar campos con información personal como nombre completo, fecha de nacimiento, correo electrónico, y número de pasaporte.
Una vez registrada la cuenta, se deberá acceder al menú de trámites y seleccionar “Visa de tránsito” bajo la categoría “Transeúnte”. En esta etapa, se deberán ingresar nuevamente los datos personales y subir una copia del pasaporte.
Requisitos esenciales para la visa de tránsito
Además de completar el formulario en línea, los cubanos que soliciten la visa de tránsito deberán presentar varios documentos, los cuales deben ser escaneados en formato PDF. Entre los requisitos más importantes se encuentran:
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Acreditación de fondos suficientes: Se debe demostrar que el solicitante posee los recursos económicos equivalentes a un salario básico unificado en Ecuador. Esto se puede hacer a través de los estados bancarios de los últimos tres meses.
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Boleto aéreo: Es necesario presentar un boleto que confirme que el tránsito no excederá las 24 horas en Ecuador. Si el viaje es por tierra o mar, debe presentarse un documento que acredite el destino final.
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Certificado de antecedentes penales: Los mayores de 18 años deben presentar este documento, debidamente apostillado o legalizado.
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Pasaporte válido: El pasaporte debe tener una validez mínima de seis meses.
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Documentos adicionales para menores o personas con discapacidad: En caso de viajar con menores de edad o personas con discapacidad, se deberá presentar un poder notarial que autorice al acompañante y otros documentos como el certificado de nacimiento.
¿Cómo afectará a los cubanos este nuevo requisito?
Aunque actualmente no existen vuelos directos entre Cuba y Ecuador, muchos cubanos utilizan a Quito como una escala para continuar su viaje hacia otros destinos de América Latina. Las aerolíneas que operan en esta ruta incluyen Avianca, Copa Airlines, LATAM y Wingo. La implementación de este nuevo requisito podría modificar los planes de viaje de muchos cubanos, obligándolos a gestionar la visa de tránsito incluso si solo están de paso por Ecuador.
Consideraciones finales
Este cambio en las políticas migratorias ecuatorianas se da en un contexto en el que muchos cubanos han incrementado su movilidad hacia otros países de la región, buscando nuevas oportunidades laborales o familiares. Con la visa de tránsito obligatoria, Ecuador continúa regulando el flujo migratorio y buscando mantener un control adecuado sobre las personas que transitan por su territorio.
La nueva medida también podría afectar a los cubanos que planean hacer conexiones rápidas hacia otros destinos en América, especialmente aquellos con planes de transitar por Quito en vuelos de aerolíneas internacionales. Con el proceso en línea, Ecuador pretende agilizar los trámites y evitar aglomeraciones en sus consulados, facilitando la accesibilidad para los viajeros cubanos.