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España flexibiliza visados para estudiantes: lo que debes saber sobre los nuevos requisitos

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España flexibiliza visados para estudiantes: lo que debes saber sobre los nuevos requisitos (Imagen de referencia © Celimar

A partir del 20 de mayo de 2025, entró en vigor el nuevo Reglamento de Extranjería que modifica el sistema de visados para estudios en España, introduciendo importantes cambios que afectan a los solicitantes internacionales, especialmente aquellos provenientes de Cuba.

La reforma, que regula las autorizaciones de estancia por estudios, la movilidad de alumnos y los servicios de voluntariado, pretende agilizar y flexibilizar el proceso para quienes desean continuar su formación académica en el país europeo. En este sentido, Lorena Puebla Hernández, abogada en Madrid y fundadora de Proyecto Justicia, expuso las modificaciones clave que ahora rigen la solicitud de visados para estudiantes internacionales.

Uno de los cambios más significativos es la obligación de presentar la solicitud con una antelación mínima de dos meses antes del inicio de los estudios. No obstante, se contempla la posibilidad de flexibilizar este plazo si el centro educativo permite matriculas más cercanas al inicio del curso. Además, los solicitantes podrán justificar una fecha más cercana si tienen becas o financiación externa que lleguen fuera del plazo habitual.

Para los solicitantes que deseen estudiar en España, se establece que deben tener al menos 17 años al momento de la solicitud. Aquellos que tengan 18 años o más podrán presentar su solicitud directamente desde el consulado o de forma presencial si ya se encuentran en España. La duración mínima de los estudios para obtener la autorización será de 91 días, y la visa se otorgará por un máximo de un año, de acuerdo con la duración oficial del curso o actividad formativa.

Un aspecto fundamental de la normativa es la necesidad de demostrar que el solicitante cuenta con los recursos económicos suficientes para su manutención durante su estancia en España. Sin embargo, se ha establecido una novedad importante: si el solicitante ya ha abonado el alojamiento para todo el periodo de estancia, podrá estar exento de acreditar el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Además, si el alojamiento está garantizado por familiares directos, se podrá presentar la documentación que lo avale.

El solicitante también deberá contar con un seguro médico, el cual debe ser emitido por una entidad registrada en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. En caso de tener empleo, el seguro podrá ser cubierto mediante el alta en la Seguridad Social.

La normativa también abre la posibilidad de que universidades públicas y privadas firmen convenios de colaboración con otras instituciones educativas para ofrecer programas de estudios. Esto puede facilitar la tramitación del visado para aquellos estudiantes que deseen beneficiarse de estos acuerdos interinstitucionales.

Los estudiantes internacionales podrán solicitar prórrogas de estancia si continúan sus estudios en áreas como educación superior o cursos de idiomas. Sin embargo, una vez agotadas las prórrogas, será necesario presentar una nueva solicitud de autorización inicial si el estudiante desea continuar en España.

Estos cambios responden a un intento por hacer más accesible la educación superior en España a los estudiantes internacionales, que se ven afectados por una serie de obstáculos burocráticos. Las modificaciones en los plazos, los requisitos de recursos económicos y las condiciones para la obtención de un seguro médico permiten una mayor flexibilidad en el proceso, lo que podría beneficiar significativamente a aquellos que, por diversas razones, no pudieron cumplir con los criterios de la normativa anterior.

Con estos nuevos ajustes, el gobierno español busca atraer a más estudiantes internacionales y garantizar que aquellos que deseen continuar su educación en el país puedan hacerlo de manera más ágil y eficiente, adaptándose a las realidades de la educación global.

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